Salud
A partir del 1 de noviembre de 2016, se eliminó el 3% de la cotización de salud de los pensionados mayores de 65 años que:
- Pertenecer a una AFP, compañía de seguro, ex caja de previsión social; ser pensionado de la ley de accidentes del trabajo (Ley N°16.744) en cualquier mutualidad de empleadores o en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL); o tener una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos (Ley N°19.234).
- Integrar un grupo familiar perteneciente al cuarto quintil más vulnerable de la población (Puntaje de Focalización Previsional superior a 1.206, e igual o menor a 1.871 puntos).
- Acreditar haber vivido en Chile al menos veinte años continuos o discontinuos, desde el cumplimiento de los 20 años de edad, y cuatro de los últimos cinco años anteriores a obtener el beneficio.
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